Senado Aprueba Proyecto para Reformar Artículos Claves de la Constitución
Santo Domingo,– Este viernes 27 de septiembre, el Senado de la República aprobó en dos lecturas consecutivas el proyecto de ley que declara la necesidad de la reforma constitucional. La votación, con 25 senadores a favor y 2 en contra, contó con la participación de 27 de los 32 senadores. Los dos votos negativos provinieron de los representantes del partido Fuerza del Pueblo.
El proyecto de ley, promovido por el presidente Luis Abinader Corona, establece la modificación de los artículos 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268 y 274 de la Constitución. Además, se incorporará un nuevo artículo, el 278. La reforma propuesta sigue los lineamientos del artículo 269 de la Constitución, que permite su modificación a través de una ley de convocatoria emitida por el Congreso Nacional o el Poder Ejecutivo.
La Asamblea Nacional Revisora, encargada de debatir la reforma, deberá reunirse dentro de los 15 días posteriores a la publicación de la ley. Esta asamblea requerirá la presencia de más de la mitad de los miembros de ambas cámaras legislativas, y sus decisiones se tomarán con el voto favorable de dos terceras partes de sus integrantes. Es importante destacar que no podrá iniciarse la reforma en caso de estar vigente alguno de los estados de excepción contemplados en el artículo 262 de la Constitución.
Artículos a Modificar
El proyecto de reforma incluye modificaciones a una serie de artículos relevantes para el sistema de gobierno y la estructura del Estado. Entre los más destacados están:
- Artículo 81: Se ajustará la representación y composición de la Cámara de Diputados.
- Artículos 166 y 167: Se introducen cambios en la figura del Procurador General Administrativo y sus requisitos.
- Artículo 169: Se redefine el papel y funciones del Ministerio Público.
- Artículo 171: Se modificará la designación del Procurador General de la República.
- Artículos 178 y 179: Cambios en la integración y funciones del Consejo Nacional de la Magistratura.
- Artículo 209: Reformas en el funcionamiento de las asambleas electorales.
- Artículo 268: Asegura la permanencia del gobierno civil, republicano, democrático y representativo como forma de gobierno.
Una vez la Asamblea Nacional Revisora apruebe las modificaciones, la Constitución será publicada con los textos reformados. Esta medida busca adecuar la Carta Magna a los nuevos desafíos políticos y sociales del país, manteniendo la estabilidad y el fortalecimiento de las instituciones democráticas.