Las mentiras de los menores de edad como testigos en casos penales


La participación de menores de edad como testigos en procesos penales plantea retos jurídicos, psicológicos y éticos de gran relevancia. Su testimonio puede ser crucial para el esclarecimiento de los hechos, pero también está rodeado de dudas sobre su fiabilidad, especialmente cuando se detectan mentiras, omisiones o distorsiones de la realidad. Comprender por qué mienten los menores, cómo evaluar sus declaraciones y de qué manera debe actuar el sistema de justicia es fundamental para garantizar decisiones justas.

1. ¿Por qué pueden mentir los menores de edad?

A diferencia de los adultos, las mentiras en los menores no siempre responden a una intención dolosa. Existen múltiples factores que influyen:

Desarrollo cognitivo y emocional: Los niños y adolescentes aún están construyendo su capacidad para diferenciar con claridad entre realidad, fantasía y recuerdo. Esto puede llevar a declaraciones inexactas sin una intención consciente de engañar.

Miedo y presión: El temor a represalias, al castigo o a decepcionar a figuras de autoridad (padres, docentes, policías) puede inducir al menor a mentir o a adaptar su versión de los hechos.

Sugestión e influencia externa: Los menores son especialmente vulnerables a preguntas sugestivas, comentarios de terceros o relatos repetidos que terminan incorporando como propios.

Lealtades afectivas: En casos donde están implicados familiares o personas cercanas, el menor puede mentir para protegerlos o para evitar conflictos emocionales.

2. La credibilidad del testimonio infantil en el proceso penal

En el ámbito penal, el testimonio de un menor no debe ser descartado automáticamente por su edad, pero tampoco aceptado sin un análisis riguroso. La credibilidad se valora considerando aspectos como:

Coherencia interna del relato.

Persistencia en el tiempo (si la versión se mantiene sin contradicciones sustanciales).

Ausencia de indicios claros de manipulación.

Compatibilidad con otras pruebas objetivas del proceso.

La mentira, en este contexto, no siempre invalida todo el testimonio. Es posible que un menor mienta en ciertos detalles y diga la verdad en otros, lo que exige una valoración cuidadosa y especializada.

3. El papel de la psicología forense

La intervención de profesionales en psicología forense es clave para interpretar las declaraciones de los menores. Estos expertos pueden evaluar:

El nivel de madurez del menor.

Su capacidad para comprender preguntas y consecuencias.

La existencia de indicadores de fabulación, sugestión o presión externa.

Herramientas como las entrevistas especializadas buscan minimizar la revictimización y reducir el riesgo de inducir respuestas falsas.

4. Riesgos de una mala valoración del testimonio

Tomar como verdad absoluta una declaración falsa puede derivar en condenas injustas. Por otro lado, desconfiar sistemáticamente de los menores puede dejar impunes delitos graves, especialmente en casos de violencia o abuso. El equilibrio es delicado: el sistema penal debe proteger al menor sin sacrificar los principios de objetividad y debido proceso.

5. Hacia una justicia más sensible y rigurosa

La solución no está en desconfiar de los menores, sino en mejorar los mecanismos de evaluación de su testimonio. Esto implica capacitación constante de jueces, fiscales y defensores, uso de técnicas de entrevista adecuadas a la edad y una visión interdisciplinaria que combine derecho y psicología.

Conclusión

Las mentiras de los menores de edad como testigos en casos penales no pueden analizarse desde una lógica simplista de verdad o falsedad. Detrás de cada declaración hay factores emocionales, cognitivos y contextuales que deben ser comprendidos. Solo a través de una valoración integral y especializada es posible alcanzar decisiones justas, que protejan tanto los derechos del menor como los principios fundamentales del sistema penal.

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