República Dominicana aprueba nuevo Código Penal: una transformación largamente esperada



Después de más de un siglo de vigencia del Código Penal de 1884, la República Dominicana ha dado un paso trascendental en materia de justicia penal. El pasado 3 de agosto de 2025, el presidente Luis Abinader promulgó la Ley 74-25, la cual establece el nuevo Código Penal dominicano, luego de su aprobación en ambas cámaras legislativas. Esta norma marca un antes y un después en la estructura legal del país, incorporando figuras delictivas contemporáneas, ampliando la tipificación de crímenes y endureciendo las penas en respuesta a los desafíos de una sociedad en constante evolución.

En ese sentido, es necesario comprender las razones que motivaron esta reforma. Durante décadas, distintos sectores jurídicos y sociales expresaron su preocupación por el desfase del antiguo código, cuyas disposiciones resultaban insuficientes frente a fenómenos como la violencia de género, el crimen organizado, el auge de los delitos cibernéticos y la corrupción sistémica. Ante esta realidad, y luego de múltiples intentos frustrados, el Congreso Nacional aprobó el nuevo cuerpo normativo el 31 de julio de 2025 en la Cámara de Diputados, y el 1 de agosto en el Senado, con una votación de 26 senadores a favor de los 27 presentes.

Entre los elementos más destacados de la nueva legislación penal se encuentra la tipificación de más de 70 figuras delictivas que antes no tenían una regulación específica o adecuada. Dentro de estas, se incluyen el feminicidio, el sicariato, el ciberacoso, la violencia económica, la manipulación de contenido íntimo mediante herramientas digitales, y las estafas piramidales. Esta ampliación del catálogo delictivo responde a las nuevas formas de criminalidad que afectan tanto a individuos como a colectivos vulnerables.

Asimismo, uno de los cambios estructurales más relevantes es la introducción del cúmulo de penas, que permite imponer hasta un máximo de 60 años de prisión en casos de delitos múltiples. Esta disposición tiene como objetivo garantizar una respuesta penal más proporcional y efectiva en casos de alta gravedad. De igual manera, se han fortalecido las sanciones aplicables a las personas jurídicas, reconociendo que entidades como empresas u organizaciones pueden ser responsables penalmente por acciones que violen derechos fundamentales o pongan en riesgo la seguridad pública.

Por otro lado, el nuevo código incorpora avances significativos en la protección de los derechos de las víctimas, especialmente en lo que respecta a los delitos sexuales contra menores. La normativa amplía los plazos de prescripción, estableciendo que comienzan a contar desde que la víctima alcanza la mayoría de edad, con un margen de hasta 30 años para interponer acciones penales. Esta disposición busca garantizar el acceso a la justicia en contextos donde el silencio de las víctimas se prolonga por factores sociales, psicológicos o familiares.

Además, el nuevo texto legal reconoce como imprescriptibles los delitos de lesa humanidad, el genocidio y el terrorismo, alineando la legislación dominicana con los compromisos internacionales en materia de derechos humanos y derecho penal internacional. Esto constituye un avance importante hacia la consolidación del Estado de derecho y la lucha contra la impunidad en su dimensión más amplia.

No obstante, si bien la promulgación de este nuevo código representa un hito legislativo, su entrada en vigencia ha sido postergada hasta agosto de 2026. Este periodo de transición permitirá que las instituciones del sistema de justicia, incluyendo jueces, fiscales, defensores públicos y cuerpos policiales, reciban la capacitación necesaria para aplicar de manera efectiva las nuevas disposiciones. La implementación exitosa dependerá, en gran medida, de la voluntad política, de la inversión en formación judicial y del fortalecimiento institucional.

Es pertinente señalar que esta reforma penal sustantiva se produce en un contexto en el que el Código Procesal Penal (CPP) aún enfrenta cuestionamientos. En diciembre de 2024, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la reforma introducida por la Ley 10-15, devolviendo la vigencia del CPP a su versión original. En consecuencia, el Congreso tiene hasta diciembre de 2025 para aprobar una nueva reforma procesal. Esta situación plantea el reto de lograr la coherencia entre el nuevo marco penal sustantivo y las normas procesales que lo hacen operativo.

Finalmente, la promulgación del nuevo Código Penal constituye un avance jurídico de gran relevancia para la República Dominicana. No solo actualiza un texto legal anacrónico, sino que también establece nuevas garantías para las víctimas y una respuesta más adecuada frente a la criminalidad moderna. Sin embargo, el verdadero impacto de esta legislación dependerá de su correcta implementación, del fortalecimiento de las capacidades institucionales y de la voluntad colectiva para hacer del derecho penal una herramienta real de justicia y no un simple conjunto de normas en el papel.

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