
SANTO DOMINGO.– El Ministerio de Turismo emitió una resolución mediante la cual prohíbe la venta ambulante de bebidas alcohólicas en playas y espacios recreativos del país durante el feriado de la Semana Santa 2025, como parte de las medidas preventivas para preservar la seguridad y el orden público.
La disposición está contenida en la resolución DJ002-2025, que tendrá vigencia desde el lunes 14 hasta el domingo 20 de abril. El ministro David Collado dio a conocer la medida a través de sus redes sociales, destacando que busca garantizar el bienestar de los vacacionistas y las familias dominicanas que se movilizan en estos días.
Además de la restricción a los vendedores ambulantes, el documento establece la prohibición del consumo de alcohol en actividades recreativas como parques acuáticos, temáticos, ranchos de caballos y similares, a partir de las 6:00 de la tarde hasta las 6:00 de la mañana, durante el mismo período.
Hoteles deberán cumplir reglamentos de seguridad
La resolución recuerda que los hoteles y complejos turísticos están obligados a cumplir estrictamente con las normas de seguridad e higiene contenidas en el Reglamento No. 215, de fecha 16 de julio de 1984, y su modificación mediante el decreto 818-03, del 20 de agosto de 2003, que rige el funcionamiento de estos establecimientos.
El Ministerio de Turismo hizo un llamado a la ciudadanía, empresarios del sector y visitantes a colaborar con las autoridades, respetando las disposiciones vigentes durante el asueto de la Semana Mayor, con el fin de evitar incidentes y garantizar un ambiente seguro y saludable para todos.