
Por Félix Aguilera.
Abogado especialista en Derecho Penal y perito en Criminalística.
Recientemente, el Tribunal Constitucional emitió la sentencia TC/0767/24, en la que abordó la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por diversos grupos y partidos políticos contra la Ley núm. 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI). Esta decisión tiene implicaciones significativas para el marco legal, la seguridad jurídica y el principio de legalidad respecto a los derechos fundamentales.
En primer lugar, el Tribunal decidió inadmitir la acción directa de inconstitucionalidad presentada por organizaciones como Acción Cristiana y RD Inclusiva contra varios artículos de la Ley núm. 1-24. Esta inadmisión se fundamenta en criterios procesales que el Tribunal consideró relevantes para el caso.
En la misma sentencia, se decreta la admisión de otras acciones, como las acciones directas interpuestas por Juventud con una Misión (JUCUM) y otros partidos políticos como el PLD y el PRD. Esto refleja la relevancia política y social del asunto y permite un análisis más amplio sobre las implicaciones que acarreaba la Ley núm. 1-24.
El Tribunal Constitucional procedió a anular la Ley, y uno de los puntos más destacados de esta sentencia es que acogió la acción directa de inconstitucionalidad presentada por los partidos Fuerza del Pueblo, PLD y PRD. La anulación de la Ley núm. 1-24 se basa en que dicha ley no es conforme con lo establecido en la Constitución, lo cual subraya la importancia del respeto a los principios constitucionales como la seguridad jurídica y el principio de legalidad en la creación de leyes por parte de los legisladores.
Esto tiene un impacto significativo en los derechos fundamentales, ya que este fallo no solo aborda cuestiones procedimentales y políticas, sino que también tiene profundas implicaciones para los derechos fundamentales de los ciudadanos. Al anular una ley que se consideraba violatoria de la Constitución, el Tribunal reafirma su compromiso con la protección de los derechos fundamentales y salvaguarda el estado de derecho. Es importante resaltar que ya van varias leyes que han sido anuladas por el Tribunal Constitucional, todas por fallas procesales similares. Esto llama poderosamente la atención, ya que parece indicar que nuestros legisladores no están cumpliendo con las normativas a pesar de ser ellos quienes las elaboran.
Esta decisión de la sentencia TC/0767/24 no solo resalta el papel del Tribunal Constitucional como garante de la ley, sino que también establece un precedente significativo sobre los límites del poder legislativo y su respeto a la Constitución. Este fallo es un recordatorio del compromiso continuo hacia un estado de derecho y una invitación a seguir vigilantes ante cualquier intento que pueda comprometer nuestras libertades, nuestros principios y los derechos básicos en relación con las disposiciones de la ley y su concordancia con la Constitución vigente. Se deben considerar posibles conflictos con derechos fundamentales, el principio de igualdad, la separación de poderes y otros preceptos constitucionales.
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