Por Ahora Noticias RD
Santo Domingo– La Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional modificó la medida de coerción para los implicados en el caso "Camaleón", entre ellos el exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Hugo Beras; el empresario José Ángel Gómez Canaán (Jochy); y Pedro Vinicio Padovani Báez, exencargado del Centro de Control de Tráfico del Intrant.
En lugar de la prisión preventiva, el tribunal impuso nuevas medidas a los acusados, que incluyen el pago de una garantía económica, presentación periódica ante el tribunal y prohibición de salida del país sin autorización previa de las autoridades.
Dentro del mismo expediente, Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exdirector de Tecnología del Intrant, cumplirá arresto domiciliario. Por su parte, Frank Díaz Warden, excoordinador de Despacho y representante de Beras ante el Comité de Compras del Intrant, deberá pagar una garantía económica de 2 millones de pesos, cumplir con el impedimento de salida del país y presentarse de manera periódica ante el tribunal.
Juan Francisco Álvarez Carbuccia, director administrativo y financiero del Intrant, junto a Carlos José Peguero Vargas, deberán pagar una garantía económica de un millón de pesos cada uno, con las mismas restricciones de salida del país y presentación periódica ante las autoridades.
El Ministerio Público acusa a los implicados de participar en una red de corrupción y crimen organizado, señalando delitos como desfalco, estafa contra el Estado, falsificación de documentos, coalición de funcionarios, contrabando, comercio ilícito, sabotaje, terrorismo contra infraestructura crítica y robo de identidad.
Estos delitos están tipificados en la Constitución de la República Dominicana, específicamente en el artículo 146, numeral 1, que proscribe la corrupción. Adicionalmente, el Código Penal Dominicano sanciona estos crímenes en los artículos 123, 124, 147, 150, 151, 171, 172, 265, 266 y 405.
También se aplican las leyes especializadas: Ley 53-07 contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, Ley 17-19 sobre Erradicación del Comercio Ilícito y Contrabando, Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, y Ley 267-08 sobre Terrorismo.
El proceso judicial continuará, con el Ministerio Público presentando pruebas y argumentos para sustentar las acusaciones. Los imputados, por su parte, deberán cumplir con las condiciones impuestas mientras se desarrolla la investigación y se avanza hacia una resolución del caso.