
Por Ahora Noticias RD

Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional de la República Dominicana emitió una sentencia que prohíbe a los regidores de los ayuntamientos del país nombrar y cancelar funcionarios municipales, limitando así sus facultades administrativas en el gobierno local.
Esta decisión, que ha generado diversas reacciones en el ámbito político y administrativo, establece que las atribuciones de los regidores deben centrarse en la legislación y fiscalización de los actos municipales, dejando la designación y remoción de funcionarios en manos del alcalde o la alcaldesa, conforme a las disposiciones de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios.
La sentencia del Tribunal Constitucional se fundamenta en el principio de separación de poderes y busca fortalecer la institucionalidad y la gobernabilidad local. Según el fallo, permitir que los regidores intervengan en los nombramientos y despidos de los funcionarios municipales podría generar conflictos de interés y afectar la estabilidad administrativa.
Diferentes sectores han expresado sus opiniones respecto a esta medida. Mientras algunos alcaldes y funcionarios municipales consideran que la sentencia contribuirá a una gestión más eficiente y libre de presiones políticas, varios regidores han manifestado su inconformidad, argumentando que la prohibición limita su capacidad de supervisar y garantizar una administración transparente.
Con esta resolución, el Tribunal Constitucional llama a los ayuntamientos a revisar sus procedimientos internos para adecuarse a la nueva normativa. Los regidores deberán enfocar sus esfuerzos en la creación de ordenanzas y en la supervisión de las políticas municipales, respetando las competencias del alcalde en cuanto a la gestión del personal.
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