El presidente de la Junta Central
Electoral (JCE), Román Andrés Jáquez, advirtió este viernes que la Ley
20-23 castiga los delitos electorales con prisión de seis meses a dos
años y multa de dos a 10 salarios mínimos del sector público.
El funcionario electoral
precisó que la Ley sobre Régimen Electoral establece que esos delitos serán
sancionados “cuando sean denunciados por la parte legítimamente afectada, la JCE, las
juntas electorales o de oficio por parte de la Procuraduría Especializada para
la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales.
Jáquez dijo que, por ejemplo, el artículo 310 de esa legislación castiga a quienes sustituyan una boleta por otra, a los que se nieguen o dejen de firmar un certificado de elección a favor de cualquier persona que tenga derecho al mismo.
Te puede interesar leer:
Asimismo, serán castigados los
que violen las normas sobre el medioambiente en la realización de la campaña
electoral y los que obstaculicen a cualquier elector su derecho a votar o
a dirigirse o retirarse de los colegios electorales.
A los empresarios
Recordó al empresariado del
país que el próximo domingo, día de las elecciones municipales, no es
laborables en el territorio nacional y que cuando se trate de trabajo que no
puedan ser suspendidos, los empleadores están en la obligación de permitir que
sus empleados ejerzan su derecho al voto.
Advirtió que la
JCE estará pendiente del cumplimiento de esa medida, en el territorio nacional.
En un video puesto a
circular en las redes sociales, el funcionario electoral dijo que los
empleadores están obligados a dar los permisos que sean necesarios a sus
empleados hábiles para votar.
Indicó que ningún
empleador podrá imponer sanciones o hacer descuentos
salariales a los empleados que se excedan en el horario usado en los centros de
votación.
“No se trabaja el día de las
elecciones y los que tengan que hacerlo, hay que dejarlos votar”, manifestó
Jáquez.
“El día de las elecciones, el
domingo 18 de febrero, no es laborable en el territorio nacional”, precisa la
comunicación.
“Cuando se trate de trabajos
que no puedan ser suspendidos, los empleadores estarán obligados a
disponer cuantas medidas sean necesarias para que todos sus empleados hábiles
para votar puedan hacerlo, sin que esto implique ningún tipo de sanción o
descuentos de horas salariales”, insistió el funcionario.